Hacienda ha vuelto a retrasar Verifactu. Empresas y autónomos tendrán hasta octubre de 2028 para tener sus programas de facturación adaptados, la misma fecha en que la factura electrónica será obligatoria para la mayoría de negocios.
El 5 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda publicó una nota informativa con un nuevo calendario. En lugar de las dos fechas que había hasta ahora, se fija una única fecha, octubre de 2028, para todos los obligados: sociedades, autónomos y demás contribuyentes.
Así queda el calendario
| Colectivo | Fecha que sigue en el BOE | Nueva fecha anunciada |
|---|---|---|
| Sociedades (Impuesto sobre Sociedades) | 1 de enero de 2027 | Octubre de 2028 |
| Autónomos y resto de obligados | 1 de julio de 2027 | Octubre de 2028 |
Es el tercer aplazamiento. Al principio, el Real Decreto 1007/2023 fijaba la obligación para julio de 2025. Después se pasó a enero y julio de 2026, más tarde a enero y julio de 2027, y ahora a octubre de 2028.
¿Por qué se aplaza otra vez?
Hacienda quiere que Verifactu y la factura electrónica obligatoria entre empresas (Ley Crea y Crece) avancen a la vez. Con el calendario actual de la factura electrónica, las empresas que facturan menos de 8 millones de euros al año tendrán que emitirla desde octubre de 2028. Así, la mayoría de pymes y autónomos tendrán que adaptarse a las dos obligaciones al mismo tiempo, y no en dos cambios separados por pocos meses.
El Ministerio también menciona la directiva europea ViDA (VAT in the Digital Age), que traerá nuevas obligaciones de facturación digital a partir de 2030. El objetivo es evitar que las empresas tengan que adaptar sus sistemas de facturación varias veces en muy poco tiempo.
Ojo: todavía no es oficial
Hasta que no se publique en el BOE la norma que modifique el Real Decreto 1007/2023, las fechas legales siguen siendo el 1 de enero y el 1 de julio de 2027. Lo más probable es que la modificación llegue en las próximas semanas, pero conviene esperar a verla publicada antes de cambiar ningún plan.
Qué no cambia
- Los requisitos técnicos se mantienen. El software de facturación tendrá que seguir garantizando la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros: encadenamiento con hash, código QR en las facturas y registro de eventos.
- Se mantienen las dos modalidades. Puedes trabajar en modo VERI*FACTU (cada registro se envía automáticamente a la AEAT) o en modo NO VERI*FACTU (con requisitos de seguridad adicionales).
- Las obligaciones de los fabricantes de software siguen vigentes. Desde julio de 2025 deben comercializar soluciones ya adaptadas.
- El régimen sancionador sigue igual. La Ley General Tributaria sanciona fabricar, vender o usar sistemas que permitan alterar registros.
- País Vasco y Navarra siguen con sus propios sistemas forales (TicketBAI y equivalentes).
Nuestra recomendación
Tener más tiempo no significa que haya que parar. Si tu software ya está adaptado, puedes empezar a usar Verifactu de forma voluntaria y llegar a 2028 sin prisas. Si no lo está, planifica ahora la adaptación de Verifactu y factura electrónica a la vez, porque los dos proyectos se tocan en los mismos procesos: la emisión de facturas, la integración con tu ERP y la relación con clientes y proveedores.
En WaysIT te ayudamos a revisar cómo factura hoy tu empresa y a preparar tu ERP para las dos obligaciones. Contacta con nosotros y lo vemos juntos.